martes, 24 de noviembre de 2020

¡¡¡ SABIAS QUE TENDRÁS QUE SOLICITAR TODOS LOS DATOS PARA EMITIR UN CDFI POR LA 3 MODIFICACIÓN DE LA RMF 2020 !!!

 


 

¿SE PUEDE EMITIR UN CFDI SOLO CON EL RFC?

 

Para los contribuyentes que realicen operaciones para la adquisición de bienes, disfrute del uso o goce temporal de alguna cosa, reciban servicios o efectúen cualquier transacción por las que se les hubiesen retenido contribuciones y deseen obtener el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), bastará con que cuenten con su RFC para solicitar su emisión.

El SAT a través de la RMF 2020 da la facilidad a los contribuyentes de solicitar la expedición de un CFDI con solo proporcionar el RFC del receptor, sin que se requiera proporcionar mayores datos, con el propósito de que dicho comprobante se entregue en el momento en que se lleve a cabo la operación (regla 2.7.1.47).




¿QUÉ PASARA APARTIR DE ESTA PUBLICACION?




Como podemos ver, la regla de la RMF 2020, publicada el 28 de diciembre del 2019, fue derogada, derivado de la III Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, este miércoles 18 de noviembre del 2020, lo que nos remite a ejercicio anteriores, a donde al que se le expida la factura, volveremos a solicitar, los datos añejos que pedíamos, para elaborarles su CFDI, antes facturas.

 

A)   Nombre del contribuyente a quien se le expida

B)   Domicilio Fiscal Completo, de quien se le expida

C)   Rfc del contribuyente a quien se le expida.

 

Recordemos que estos requisitos, los veíamos muchos de nosotros, antes, cuando las facturas aun eran de papel, y en algunos casos con la facturación con código de barras bidimensional.

Veremos que sucede, si la autoridad, más adelante, saca otra modificación de la resolución miscelánea fiscal, para poder dar esta facilidad, aunque considero que analizando al gobierno de la 4 transformación, va poniendo obstáculos en el camino,  no hacernos deducibles nuestras erogaciones.

Quedo atento a sus comentarios.

 

C.p. José Benjamín Sánchez Castillo





lunes, 23 de noviembre de 2020

SUSPENSIÓN DE CONTRASEÑA PARA CONTRIBUYENTES DEL RIF

 


Se establecen una serie de supuestos, en los cuales, puede caer, un contribuyente del Régimen de Incorporación Fiscal, derivado de la III Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, en donde este último mencionado, puede ser candidato a que le suspendan su contraseña y con ello, el acceso del portal del SAT.

Los supuestos, los vemos en la Regla de RMF 2020 III Modificación, 2.2.16. que nos menciona lo siguiente:

 

VIGENCIA DE LA CONTRASEÑA DE CONTRIBUYENTES DEL RIF

 

2.2.16. Para los efectos del artículo 17-D del CFF, la Contraseña quedará inactiva cuando la autoridad detecte que los contribuyentes que tributen en el RIF:

 I. En un periodo de dos años, se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

 a) No cuenten con actividad preponderante asignada en el RFC.

b) No hayan emitido CFDI, o

 c) No hayan presentado declaraciones periódicas relacionadas con sus actividades.

II. No hayan realizado actualizaciones en el RFC cuando se hubieran colocado en los supuestos jurídicos para presentar los avisos respectivos.

Cuando el contribuyente se coloque en alguno de los supuestos a que se refieren las fracciones anteriores y su Contraseña quede inactiva, solicitará la activación de la Contraseña de conformidad con la ficha de trámite 7/CFF “Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña”, contenida en el Anexo 1-A. CFF 17-D, RMF 2020 2.2.1

Como podemos ver, hay que revisar, a cada contribuyente del RIF, si no cae en estos supuestos, y estar atentos y en comunicación con ellos. Para evitar una suspensión de su Contraseña, que es un medio importante de comunicación e interacción con el SAT, para realizar todo tipo de operaciones.

 

Quedo atento a sus comentarios.


jueves, 19 de noviembre de 2020

¿BUSCAS UN CRÉDITO? OJO, SE HACEN PASAR POR ESTAS INSTITUCIONES FINANCIERAS PARA DEFRAUDARTE.

 


Un total de 11 instituciones financieras informaron a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) sobre la suplantación de identidad de su nombre comercial para defraudar a usuarios que requieren un crédito.

 

Se trata de 10 Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No Reguladas y 1 Sociedad Financiera Popular, debidamente inscritas en el Sistema de Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES).



¿Cuáles son las instituciones afectadas?



Finadix, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Tótem Prestamos, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Tu Kapital en Evolución, S.A.P.I. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Sotiderc, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Alcana Capital, S.A.P.I. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Financiera Maestra, S.A. de C.V. SOFOM, E.N.R.

HINV, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

GRT Logros, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Soluciones Múltiples Empresariales, S.A. de C.V. S.O.F.O.M., E.N.R.

Valia Servicios Financieros, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Sociedad de Alternativas Económicas, S.A. de C.V., S.F.P.

 

La CONDUSEF señaló que incluso algunos de sus datos fiscales o administrativos fueron suplantados.



¿Cuál es el modus operandi de los suplantadores?

 

Los afectados manifiestan que una persona los contacta vía telefónica o por redes sociales ofreciéndoles créditos inmediatos, con pocos requisitos y con mensualidades de montos pequeños para hacerlos atractivos.

 

Además, utilizan información como razón social, direcciones, teléfonos e imagen corporativa (logotipos) de las entidades financieras debidamente autorizadas y registradas, para hacerse pasar por ellas.

 

También solicitan a sus víctimas enviar su información personal vía WhatsApp o por Facebook a través de Messenger, poniendo en riesgo sus datos personales.

 

Piden anticipos de dinero en efectivo o mediante depósito a una cuenta bancaria con la supuesta finalidad de apartar el crédito, gestionarlo, adelantar mensualidades, pagar gastos por apertura o como fianza en garantía, generalmente por el equivalente al 10% del monto total del crédito solicitado, que puede ser de mil hasta 100 mil pesos.

Cuando las víctimas realizan los depósitos a la cuenta señalada, no reciben el crédito y es imposible localizar a los promotores, ahí es cuando descubren que han sido engañados.


Fuente: https://www.unotv.com/negocios/condusef-revela-la-suplantacion-de-identidad-de-11-instituciones-financieras/





 

 

FUERA DEL RESICO POR NO PRESENTAR LA DECLARACION ANUAL 2022

  Damas y caballeros el SAT, esta notificando apartir del 26 de octubre del 2023, via buzon tributario, el cambio de regimen fiscal, a todos...