lunes, 6 de noviembre de 2023

FUERA DEL RESICO POR NO PRESENTAR LA DECLARACION ANUAL 2022


 

Damas y caballeros el SAT, esta notificando apartir del 26 de octubre del 2023, via buzon tributario, el cambio de regimen fiscal, a todos las personas fisicas, que pertenecen al Regimen Simplificado de Confianza, que no hayan presentado su Declaracion Anual 2022. De acuerdo a lo expuesto: 

Oficio: 700-04-02-00-00-2023-4171 Exp. SAT-2S.1-2023-015 Folio SIFEN: 5310024 Asunto: Se notifica actualización por autoridad en el RFC. Ciudad de México, a 18 de octubre de 2023.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 2, 4, 7, fracciones VII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1995………. esta Administración de Operación de Padrones “2” EMITE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, de acuerdo a los siguientes:

ANTECEDENTES: Que con fecha 5 de marzo de 2022, de conformidad con las reglas 3.13.1. y 3.13.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, presentó el aviso correspondiente para tributar en términos del Título IV, Capítulo II, Sección IV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que refiere al Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas.

CONSIDERACIONES: En términos de lo señalado en los artículos 113-E, tercer párrafo; 113-F, 113-G, fracción VII; 113-I, primer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta; de la regla 3.13.34. publicada en la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, así como del Transitorio Segundo de la citada resolución, mismos que señalan…

De las disposiciones fiscales anteriormente transcritas, se desprende que cuando los contribuyentes que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza, incumplan con la presentación de la declaración anual, la autoridad fiscal tiene la facultad de actualizar las obligaciones fiscales de los mismos para que tributen desde el inicio del ejercicio que corresponda o desde el mes en que iniciaron operaciones en dicho ejercicio, conforme a lo dispuesto en el Capítulo II, Sección I o Capítulo III del Título IV de la Ley del ISR, según se trate. En ese sentido, derivado de la información con la que cuenta esta unidad administrativa y en virtud de la información que consta en los sistemas institucionales, la cual fue proporcionada por la Administración Central de Declaraciones y Pagos de la Administración General de Recaudación, en términos del artículo 17, Apartado A, fracción I, en relación con el 16, fracción XI, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, se identificó que, al 02 de octubre de 2023, no ha dado cumplimiento a la obligación de presentar su declaración anual del ejercicio fiscal 2022, para continuar tributando en el Régimen Simplificado de Confianza, por lo que esta Administración de Operación de Padrones “2”:

Y les esta resolviendo es decir, esta concluyendo que dicho cambio de Regimen Fiscal, se derivo por la no presentacion de la DECLARACION ANUAL 2022.

EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESUELVE LO SIGUIENTE: 

RESUELVE: Primero. Con fundamento en el artículo 27, apartado C, fracción V y 63, del Código Fiscal de la Federación; 113- E, tercer párrafo; 113-I, primer párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta; regla 3.13.34. publicada en la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023; así como del artículo 33, apartado D, relacionado con el artículo 32, fracciones XVI, XXXIII y XXXIV, párrafo tercero, numeral 4, inciso b), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, se actualiza su información en el RFC, toda vez que incumplió con la obligación referente a la presentación de la declaración anual para continuar tributando en el Régimen Simplificado de Confianza, en consecuencia, a partir del 1 de marzo de 2022, deberá cumplir con sus obligaciones fiscales conforme a lo dispuesto en el Capítulo II, Sección I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, denominado De las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales

Con ello podemos concluir que si tu eres persona fisica del RESICO, y no presentastes tu declaracion anual 2022, la autoridad, podra cambiar de regimen en cualquier momento, asi que si aun no te ha notificado, y no haz presentado la declaracion, hazlo de forma extemporanea, y no seas ACREEDOR A ESTE CAMBIO DE REGIMEN FISCAL.

Quedo atento a tus comentarios.

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