lunes, 5 de julio de 2021

¿COMPRA O VENDE CRIPTOMONEDAS? DEBE REPORTARLO AL SAT

 

¿COMPRA O VENDE CRIPTOMONEDAS? DEBE REPORTARLO AL SAT



 

Las ganancias generadas por la compra y venta de criptomonedas (criptos) son ingresos que deben reportarse al SAT, como cualquier otro bien que se enajena y pagar su respectivo gravamen, señalan fiscalistas.

Además de la obligación de pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR), si las ganancias por la venta de criptomonedas superan los 50 mil pesos anuales se debe de reportar en el portal de Prevención de Lavado de Dinero del SAT, pues su compra-venta es considerada una actividad vulnerable, explicó Armando Gutiérrez, director en el despacho Gutiérrez Cervantes Contadores.

"Las criptomonedas son una manera fácil de ocultar dinero, que podrían usarse como transacciones ilícitas, por eso es importante el reportar. El SAT tiene un área de análisis cibernético, donde ve quién compra y quién vende criptomonedas desde sus cuentas bancarias", advirtió.

Para evitar problemas con las autoridades es necesario pagar ISR por las ganancias obtenidas al momento de vender criptomonedas en México.

Para esto, la recomendación es tener documentos probatorios del precio de compra de los activos y el precio de venta y en caso de tener ganancias, sumarlas al total de ingresos de la persona física o moral, explicó.

De tal forma, los contribuyentes pagarán impuestos por criptomonedas según sea su acumulado de ingresos totales, mediante las tablas del ISR que van del 10 al 35 por ciento.

De no reportar estas ganancias se caería en una situación de evasión o discrepancia fiscal, advirtió.

"Los traders deberían de dar una factura en la compra de criptomonedas y otra en la venta, lo que serviría de documento probatorio para el SAT y si es sólo a través de una aplicación, es recomendable utilizar plataformas que emitan facturas", afirmó.

Actualmente, no existe la obligación del traders de retener los impuestos por las ganancias de la venta de criptomonedas, como sí está legislado para los fondos de inversión, por lo que es de vital importancia obtener comprobantes de las operaciones con criptomonedas, dijo el fiscalista.

Por su parte, Joan Borbolla, director de B&B Consulting precisó que la Ley Antilavado incluyó a las criptomonedas como actividades vulnerables, por lo que es recomendable reportar ganancias de estos activos por el concepto de enajenación de bienes, no como ganancias accionarias.

 

Fuente: Reforma Jorge Cano

Cd. de México (4-Jul-2021).- 20:56 hrs.

¿DESAPARECIO EL ESTIMO DE LA LEY DE INGRESOS PARA LA FEDERACION DE INGRESOS MENORES A 300000 PARA EL REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL?

 

¿DESAPARECIO EL ESTIMO DE LA LEY DE INGRESOS PARA LA FEDERACION DE INGRESOS MENORES A 300000 PARA EL REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL?




La Ley de Ingresos de la Federación, para 2021, en su Artículo 23 nos mencionaba, por las actividades que realicen con el público en general, podrán optar por pagar el impuesto al valor agregado y el impuesto especial sobre producción y servicios que, en su caso, corresponda a las actividades mencionadas, mediante la aplicación del esquema de estímulos….

Es decir había un ESTIMULO FISCAL PARA PAGAR SOLO POR SUS VENTAS AL PUBLICO EN GENERAL, de la noche a la mañana en este 3 Bimestre nos encontramos, que se eliminó de manera automática y todos los pequeños comerciantes que vendían menos de $ 300,000 ingresos anuales ya estarán pagando IVA, una sugerencia que nos recomienda el fiscalistas Miguel Chamlaty Toledo, es meter queja ante PRODECON, ya que están violando nuestros derechos. En mi opinión también apoyo y estoy de acuerdo con dicha postura.





Recordemos que dicho estimulo te exentaba de pagar IVA, por tus ventas al publico en general, siempre y cuando no excedieras de 300,000 anuales, y solo pagabas ISR, con descuento de acuerdo a los años de tributacion.

Esperemos ver que nos dicen las autoridades hacendarias, al respecto, o en su defecto meter la QUEJA EN PRODECON.


Quedo atento a sus comentarios.


FUERA DEL RESICO POR NO PRESENTAR LA DECLARACION ANUAL 2022

  Damas y caballeros el SAT, esta notificando apartir del 26 de octubre del 2023, via buzon tributario, el cambio de regimen fiscal, a todos...