Desde la existencia de las primeras civilizaciones que
surgieron sobre la tierra se han llevado a cabo actividades de mercadeo, pago o
intercambio de bienes llamado trueque, los jeroglíficos grabados en los códices
aztecas nos narran, las operaciones que había entre pueblos esclavizados y
conquistados, que era intercambiar alimentos por otros bienes y así era como se
manejaba el comercio en aquella época, posteriormente surgieron épocas, donde
se fue perfeccionando estas operaciones, que le agregaron un cobro de IMPUESTO.
Nosotros como mexicanos tenemos el compromiso con la
Sociedad-Gobierno de dar cumplimiento a lo que dice nuestra Máxima Carta Magna (CPEUM)
fundado en su Artículo 31 Fracción IV;
“Son
obligaciones de los mexicanos: Contribuir para los gastos públicos, de la manera proporcional y equitativa que
dispongan las leyes” de donde se fundamenta la autoridad
recaudadora; la Secretaria de Hacienda y Crédito Público - Servicio de
Administración Tributaria. Entidadades que se dedica a recaudar y cobrar
impuestos.
Los impuestos son obligación de cualquier persona física
o moral de enterarlos ante esta autoridad recaudadora, y se va entender que se está
obligado cuando Se obtengan ingresos por llevar a cabo una actividad comercial,
industrial o de servicio o inclusive por depósitos bancarios en sus cuentas
“Personales”.
Lo más importante de este tema es que los mexicanos
tenemos que estar inscriptos en el RFC, como lo establece el Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación
que dice: “Las personas físicas y morales deberán de solicitar su inscripción
en el Registro Federal de Contribuyentes, cuando perciban ingresos o hayan
abierto una cuenta a su nombre en las
entidades del sistema financiero”(Bancos, Caja de Ahorro, Financieras,
etc.)
Y ¿qué pasa, si no lo hago? Bueno la autoridad fiscalizadora,
te revisara los últimos 10 años y el caso de que tengas ingresos no declarados,
te cobrara el impuesto no declarado y sancionará. Por otro lado, de acuerdo al Artículo
110 Fracción I, del Código Fiscal de la Federación caerías en una “Infracción,
que se sanciona, con cárcel, de 3 meses a 3 años de prisión por no haber
solicitado tu inscripción al RFC”
Lo que recomiendo para que tengas una PAZ FISCAL.
ü Es darte de Alta en el RFC.
ü Acércate a un Contador Público
de tu confianza para que te asesore y sea tu guía.
ü Y sobre todo para que cubras tus
impuestos antes, de que los descubra la autoridad fiscalizadora (SHCP-SAT)
Quedo atento a tus opiniones, aportaciones, y
sugerencias.
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