¿COMPRA O VENDE
CRIPTOMONEDAS? DEBE REPORTARLO AL SAT
Las ganancias
generadas por la compra y venta de criptomonedas (criptos) son ingresos que
deben reportarse al SAT, como cualquier otro bien que se enajena y pagar su
respectivo gravamen, señalan fiscalistas.
Además de la
obligación de pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR), si las ganancias por la
venta de criptomonedas superan los 50 mil pesos anuales se debe de reportar en
el portal de Prevención de Lavado de Dinero del SAT, pues su compra-venta es
considerada una actividad vulnerable, explicó Armando Gutiérrez, director en el
despacho Gutiérrez Cervantes Contadores.
"Las
criptomonedas son una manera fácil de ocultar dinero, que podrían usarse como
transacciones ilícitas, por eso es importante el reportar. El SAT tiene un área
de análisis cibernético, donde ve quién compra y quién vende criptomonedas
desde sus cuentas bancarias", advirtió.
Para evitar
problemas con las autoridades es necesario pagar ISR por las ganancias
obtenidas al momento de vender criptomonedas en México.
Para esto, la
recomendación es tener documentos probatorios del precio de compra de los
activos y el precio de venta y en caso de tener ganancias, sumarlas al total de
ingresos de la persona física o moral, explicó.
De tal forma, los
contribuyentes pagarán impuestos por criptomonedas según sea su acumulado de
ingresos totales, mediante las tablas del ISR que van del 10 al 35 por ciento.
De no reportar
estas ganancias se caería en una situación de evasión o discrepancia fiscal,
advirtió.
"Los traders
deberían de dar una factura en la compra de criptomonedas y otra en la venta,
lo que serviría de documento probatorio para el SAT y si es sólo a través de
una aplicación, es recomendable utilizar plataformas que emitan facturas",
afirmó.
Actualmente, no
existe la obligación del traders de retener los impuestos por las ganancias de
la venta de criptomonedas, como sí está legislado para los fondos de inversión,
por lo que es de vital importancia obtener comprobantes de las operaciones con criptomonedas,
dijo el fiscalista.
Por su parte,
Joan Borbolla, director de B&B Consulting precisó que la Ley Antilavado
incluyó a las criptomonedas como actividades vulnerables, por lo que es
recomendable reportar ganancias de estos activos por el concepto de enajenación
de bienes, no como ganancias accionarias.
Fuente: Reforma
Cd. de México (4-Jul-2021).- 20:56 hrs.